La Paz – Viernes 9 de Diciembre de 2016 | Unidad de Comunicación
En conferencia de prensa la Ministra de Salud, Dra. Ariana Campero Nava, socializó el Decreto Supremo Nº 3008 promulgado el 07 de diciembre del presente año, el cual modifica la multa por incumplimiento o retraso en la presentación del “Aviso de Baja de Asegurado”.
La autoridad informó que este retraso tendrá una sanción con multa del 5% del salario cotizable del trabajador del mes anterior a su desvinculación.
Explicó que anteriormente se establecía una multa del 1% sobre el total de las planillas del empleador, lo que significaba un monto exagerado e imposible de pagar y que generaba muchos problemas en las instituciones públicas o empresas privadas afiliadas a un ente gestor.
El nuevo decreto modifica el articulo 2, parágrafo III, del pasado D.S.25714 de 23 de marzo del año 2000.
“Esta información es difundida para que sea tomada en cuenta en las entidades públicas y privadas que son afiliadas a la seguridad social de corto plazo”, manifestó Campero.
Asimismo, aclaró que ese descuento del 5% afecta únicamente al salario del funcionario que presentó tardíamente su aviso de baja de asegurado y que en ningún caso afecta a los aportes que generan ingresos a los entes gestores o a las cajas de salud.
Por otro lado, la ministra Campero informó que de forma paralela, en fecha 7 de diciembre del presente año, se ingresó a la Asamblea Legislativa un anteproyecto de Ley que modificará el plazo para la presentación del formulario de aviso de baja del asegurado, con la anterior norma establecía 5 días como plazo a partir de la nueva ley se ampliará a 30 días.
“El motivo de la ampliación se debió a que muchos funcionarios públicos trabajan en frontera o zonas dispersas, lo que les imposibilita cumplir con lo establecido para presentar su formulario de baja desde el área rural hasta la ciudad”, finalizó la autoridad.
PD/ UNICOM MINSALUD